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ACUERDO PAC – CARTERA PRENDARIA DE CONSUMO – PROVINCIA DE BUENOS AIRES

En el expediente “PROTEGIENDO AL CONSUMIDOR C/BACS BANCO DE CREDITO Y SECURITIZACION S.A. S/NULIDAD DECONTRATO”, en trámite ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Única del Departamento Judicial Mar del Plata, se comunica a los clientes de BACS BANCO DE CREDITO Y SECURITIZACION S.A. de la Provincia de Buenos Aires, personas humanas, suscriptores de un contrato de mutuo con garantía prendaria y que formen parte de la banca de consumo, que se ha celebrado un acuerdo a través del cual se implementa un método de interpelación especial a los fines de posibilitar que el deudor consumidor se notifique del incumplimiento incurrido y se le otorgue un plazo a los fines de regularizar el incumplimiento incurrido. Los usuarios que no deseen estar comprendidos en el presente acuerdo podrán manifestar su voluntad de apartarse de la solución adoptada en los términos del art. 54 de la Ley 24.240, a través de una nota a presentar ante el juzgado interviniente en los autos ya citados, quedando expedita de esa forma la vía individual. El texto del acuerdo y de la sentencia homologatoria podrán ser consultados en el sitio web de BACS BANCODE CREDITO Y SECURITIZACION S.A. https://bacs.com.ar/

A continuación podrás consultar:

Acuerdo Conciliatorio

Sentencia Homologatoria